¿Cómo solicitar el visado de estudiante en España? | Guía Completa 2026
Guía completa y actualizada para solicitar tu autorización de estancia por estudios en España. Conoce los nuevos requisitos, el derecho a trabajar 30 horas y cómo traer a tu familia.
¿Estás pensando en venir a estudiar a España? La normativa ha cambiado de forma significativa en 2026, abriendo nuevas oportunidades para estudiantes internacionales. Desde el 20 de mayo, el Real Decreto 1155/2024 simplifica los trámites y amplía los beneficios como nunca antes, y en esta guía te explicamos cómo te afecta.
Novedades Clave de la Autorización de Estancia por Estudios 2026
El panorama para los estudiantes internacionales en España ha mejorado notablemente. Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024 y la Instrucción SEM 3/2026, el proceso se ha vuelto más flexible y atractivo. Instituciones como Esade ya informan sobre estos cambios, que se centran en facilitar la vida del estudiante. Los tres pilares de esta reforma son:
- Autorización por la duración total de los estudios: Si cursas estudios superiores, tu permiso cubrirá todo el programa, eliminando la necesidad de prórrogas anuales.
- Derecho a trabajar hasta 30 horas semanales: La autorización de estancia para estudios superiores incluye automáticamente el permiso para trabajar, sin trámites adicionales.
- Reagrupación familiar desde España: Ahora puedes traer a tus familiares directos solicitando su autorización mientras ya te encuentras en territorio español.
Estos cambios hacen que la planificación de tu visado de estudiante España 2026 sea más sencilla y predecible. A continuación, desglosamos cada punto para que prepares tu solicitud con total seguridad.
Qué Estudios Permiten Obtener la Tarjeta de Estudiante
No toda formación da acceso a las mismas ventajas. La nueva normativa distingue principalmente entre estudios superiores y otras formaciones, siendo los primeros los más beneficiados. Es fundamental que la modalidad sea presencial o híbrida, con un mínimo del 50% de clases presenciales.
Estudios Superiores
Esta categoría es la que obtiene la autorización plurianual y el derecho automático a trabajar. Incluye:
- Grados, másteres y doctorados universitarios.
- Enseñanzas artísticas superiores.
- Ciclos formativos de grado superior (FP).
- Enseñanzas deportivas de grado superior.
La gran novedad de 2026 es que los cursos de idiomas presenciales impartidos por universidades o centros de educación superior ahora se consideran estudios superiores. Esto significa que, si vienes a aprender español en una universidad, obtendrás una autorización por toda la duración del curso y podrás trabajar hasta 30 horas semanales, un beneficio que antes estaba muy limitado.
Educación Secundaria Postobligatoria y Otras Formaciones
Este grupo incluye formaciones que también permiten obtener una autorización de estancia, aunque generalmente con una vigencia anual y condiciones de trabajo diferentes. Aquí se encuentran:
- Bachillerato.
- Formación Profesional de grado medio.
- Enseñanzas artísticas o deportivas de grado medio.
- Programas de movilidad, voluntariado o auxiliares de conversación.
- Cursos de formación para certificados de profesionalidad.
Para estos casos, la autorización suele ser de un año y el derecho a trabajar puede requerir una solicitud adicional, a diferencia de los estudios superiores.
Requisitos Generales para Todos los Solicitantes
Antes de sumergirte en la documentación específica de tu curso, asegúrate de cumplir con los criterios básicos. Piensa en esta lista como tu primera verificación. Los requisitos de estancia por estudios en España son:
- No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
- No encontrarse en situación irregular en España si realizas la solicitud desde aquí.
- Carecer de antecedentes penales en tu país de origen y en los países donde hayas residido los últimos cinco años (para estancias superiores a seis meses).
- Contar con un seguro médico público o privado con cobertura completa en España.
- Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado y haber abonado la matrícula.
- Abonar la tasa de extranjería correspondiente.
- Tener una edad mínima de 17 años para estudios superiores o 18 para secundaria postobligatoria.
Si tu estancia supera los seis meses y aplicas desde el extranjero, también necesitarás un certificado médico que acredite que no padeces enfermedades con repercusiones para la salud pública. Puedes consultar la documentación estándar en fuentes oficiales, como la que publica el Consulado de España en Santiago de Chile.
Cómo Acreditar los Medios Económicos Necesarios
Demostrar que puedes mantenerte económicamente es uno de los puntos más importantes del proceso. La cantidad exigida se basa en el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que para 2026 se sitúa en torno a los 600 € mensuales. Los medios económicos para el visado de estudiante se calculan de la siguiente manera:
| Concepto | Porcentaje IPREM | Cantidad Mensual Aproximada |
|---|---|---|
| Sostenimiento del estudiante | 100% | ~600€ |
| Sostenimiento del estudiante (con alojamiento pagado) | 50% | ~300€ |
| Primer familiar a cargo | 75% | ~450€ |
| Cada familiar adicional | 50% | ~300€ |
Nota: Estas cantidades son aproximadas y se basan en el valor del IPREM de 2026. El alojamiento debe estar pagado por adelantado durante toda la duración de la estancia para poder acogerse a la reducción.
Puedes acreditar estos fondos mediante:
- Recursos propios: Saldo en cuentas bancarias a tu nombre.
- Apoyo familiar: Actas notariales donde un familiar se compromete a tu sostenimiento, acompañadas de sus extractos bancarios.
- Becas o ayudas: Documentación que certifique la concesión de una beca que cubra los gastos.
Dónde y Cómo Presentar la Solicitud
El lugar donde inicies el trámite depende de si ya estás en España o no. Ambas vías tienen plazos y procedimientos distintos, por lo que es clave elegir la correcta. Si necesitas una guía general, puedes consultar nuestro artículo sobre cómo realizar trámites de extranjería paso a paso.
Opción 1: Solicitud desde el extranjero (Visado de estudiante)
Esta es la vía tradicional. Debes presentar tu solicitud en el Consulado de España de tu país de origen o residencia legal. Es fundamental hacerlo con suficiente antelación, idealmente un mínimo de dos meses antes del inicio de tus estudios. El consulado tiene un plazo de un mes para resolver. Si no recibes respuesta en ese tiempo, la solicitud se considera denegada por silencio administrativo negativo.
Opción 2: Solicitud desde España (Autorización de estancia)
Puedes solicitar tu autorización directamente desde España si te encuentras en situación regular (por ejemplo, como turista) y vas a cursar estudios superiores, de especialización sanitaria o formación para un certificado profesional. La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería de tu provincia o telemáticamente a través de la plataforma Mercurio con un certificado digital.
¡Atención a los plazos! Debes presentar la solicitud con al menos dos meses de antelación al inicio del curso, pero siempre antes de que expire tu estancia legal (por ejemplo, antes de que se cumplan los 90 días de turista). El plazo de resolución es de dos meses, y el silencio también es negativo.
Trabajar Legalmente Hasta 30 Horas Semanales
Una de las mejoras más esperadas es la facilidad para trabajar con el visado de estudiante. Si cursas estudios superiores, formación profesional o un curso para obtener un certificado de aptitud técnica, tu autorización de estancia incluye automáticamente el permiso para trabajar hasta 30 horas semanales.
Esto significa que no necesitas ningún trámite adicional en la Oficina de Extranjería. Puedes buscar un empleo por cuenta ajena o iniciar una actividad por cuenta propia, siempre que sea compatible con tu horario de clases. La única limitación es geográfica: la actividad laboral debe realizarse en la misma Comunidad Autónoma donde estudias o en localidades limítrofes. Para quienes estén interesados en otras opciones, pueden explorar nuestra sección sobre permisos de trabajo en España.
Renovación de tu Permiso de Estudiante (Prórroga)
Si tus estudios no son superiores y tu autorización es anual, deberás solicitar una prórroga para continuar legalmente en España. El trámite de prórroga del visado de estudiante en España debe iniciarse en el plazo que va desde los 60 días previos a la caducidad de tu tarjeta hasta los 90 días posteriores.
La documentación necesaria es similar a la inicial:
- Formulario de solicitud (modelo EX-00).
- Pasaporte completo y en vigor.
- Justificante de la matrícula para el nuevo curso.
- Acreditación de medios económicos actualizados.
- Seguro médico vigente.
Con la nueva normativa, los estudiantes de educación superior y secundaria postobligatoria pueden solicitar hasta dos prórrogas, mientras que los de voluntariado o actividades formativas solo pueden hacerlo una vez. El plazo de resolución es de un mes.
Traer a tu Familia Contigo a España
La reforma de 2026 introduce una ventaja muy significativa: los familiares de un estudiante pueden obtener su autorización de estancia directamente desde España, sin necesidad de pasar por el consulado. Esto aplica si el estudiante titular está cursando estudios superiores o formación sanitaria especializada.
Los familiares que pueden beneficiarse son:
- Cónyuge o pareja de hecho registrada.
- Hijos menores de edad.
- Hijos mayores de edad que dependan económicamente del estudiante por una discapacidad.
Es muy importante tener claro un punto: la autorización de estancia de los familiares no les permite trabajar. Su permiso está vinculado a la estancia del estudiante titular y no concede derecho a realizar actividades lucrativas.
Obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Si tu estancia autorizada es superior a seis meses, el último paso es solicitar la TIE de estudiante en España. Esta tarjeta física es tu documento de identidad como residente legal. Tienes un plazo de un mes desde tu llegada a España o desde la notificación de la resolución favorable para tramitarla en la Comisaría de Policía correspondiente.
Para la cita, necesitarás:
- Formulario de solicitud (modelo EX-17).
- Resolución favorable de tu autorización.
- Justificante del pago de la tasa (modelo 790 código 012).
- Una fotografía reciente tamaño carné.
Esta tarjeta incluirá tu Número de Identidad de Extranjero (NIE), un identificador fundamental para tu vida en España. Si tienes dudas, puedes consultar nuestra guía sobre qué es el NIE.
Preguntas Frecuentes sobre la Estancia por Estudios
¿Puedo solicitar la estancia por estudios si estoy como turista en España?
Sí, siempre que estés en situación regular (dentro de tus 90 días), vayas a realizar estudios superiores o formación específica, y presentes la solicitud con al menos dos meses de antelación al inicio del curso.
¿Los cursos de idiomas dan derecho a trabajar?
Sí, si son impartidos por instituciones de educación superior reconocidas (como universidades) y en modalidad presencial. En ese caso, se consideran estudios superiores y autorizan a trabajar hasta 30 horas semanales.
¿Qué pasa si no apruebo el curso?
La autorización se basa en la continuidad y el aprovechamiento de los estudios. Si abandonas la formación o no cumples con los requisitos académicos del centro, podrías perder la autorización.
¿Cómo paso de estancia por estudios a residencia y trabajo?
Al finalizar tus estudios con éxito, puedes solicitar una modificación a una autorización de residencia y trabajo, cumpliendo los requisitos específicos para ello.
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